Conozca las sanciones que se implementarán si no se cumple con la Ley de Propinas propuesta por Efraín Torres

Efraín Torres, candidato a la Cámara de Representantes del partido de la U con el número 118 en el tarjetón, es el autor de la Ley de Propinas que en defensa de los trabajadores pone en cintura a los establecimientos comerciales frente al manejo de las propinas.
Lo que Torres busca con esta iniciativa es asegurar que las propinas tengan como único destino los empleados de establecimientos comerciales y que ese dinero no sea utilizado para pagar sueldos, renovar utensilios o arreglar establecimientos.
Las sanciones para los dueños o administradores que no cumplan con la norma se darán dependiendo de la infracción:
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Cuando las violaciones a la presente ley tengan que ver con la apropiación por parte de los dueños de los establecimientos de las propinas, o no se entregue las propinas a los miembros de la cadena de servicios, o se usen las propinas para el pago de salarios o siempre que haya una indebida destinación de las propinas en desmedro de los trabajadores los Inspectores de Trabajo pueden imponer cada vez multas equivalentes al monto de uno (1) a cinco mil (5.000) veces el salario mínimo mensual vigente según la gravedad de la infracción y mientras esta subsista, sin perjuicio de las demás sanciones contempladas en la normatividad vigente. Esta multa se destinará al Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.
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Cuando se presenten vulneraciones en cuanto a la voluntariedad de la propina, a la forma de la información de ella, a la sugerencia de la propina o a la determinación voluntaria del monto de la propina la Superintendencia de Industria y Comercio podrá imponer las siguientes sanciones:
Multas llegarán hasta dos mil (2.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la imposición de la sanción. $1.360.000.000
También el cierre temporal del establecimiento de comercio hasta por 180 días.
En caso de reincidencia y atendiendo a la gravedad de las faltas, cierre definitivo del establecimiento de comercio o la orden de retiro definitivo de una página web portal en Internet o del medio de comercio electrónico utilizado.
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Multas sucesivas hasta de mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, por inobservancia de órdenes o instrucciones mientras permanezca en rebeldía. $680.000.000.
Cuando se compruebe que los administradores, directores, representantes legales, revisores fiscales, socios, propietarios u otras personas naturales han autorizado o ejecutado conductas contrarias a las normas contenidas en la presente ley, se les podrán imponer multas hasta por trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la imposición de la sanción y la prohibición de ejercer el comercio hasta por cinco (5) años, contados a partir de la ejecutoria de la sanción.
En la página propinas.co podrá encontrar toda la información.