El RUT es el Registro Único Tributario, exigido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para identificar, ubicar, clasificar y responsabilizar a las personas naturales. En otras palabras, es el mecanismo para conocer las actividades económicas DIAN de los colombianos y si, de acuerdo a ello, existe alguna responsabilidad con el fisco nacional.
Aunque adquirirlo es un procedimiento sencillo, la palabra RUT genera en la mayoría de las personas algo de temor, porque las lleva a pensar que se trata de un diligenciamiento engorroso que, además, los comprometerá económicamente con la DIAN.
Para ese propósito, el RUT agrupa tanto a personas como a empresas contribuyentes declarantes o no del Impuesto Sobre la Renta, para clasificarlos.
Al realizar el registro ante dicha entidad, la DIAN emitirá el NIT, que es el número de identificación.
Documentación necesaria:
Estos son los documentos necesarios que debe tener: cédula de ciudadanía original y una fotocopia de la misma (ampliada). Si es menor de edad, debe presentar también la tarjeta de identidad. Hay otra serie de documentos que varían (los detallamos a continuación) según la persona que quiere sacar el RUT.
- En el caso de las personas jurídicas, deben cumplimentar y presentar el pertinente formulario 001, que se puede solicitar previamente en la Dian.
- Si usted es un inversor extranjero y va a solicitar el RUT como persona jurídica, sin tener domicilio en Colombia, deberá presentar la cédula del apoderado.
- Sociedades con su sede de administración en Colombia, deben presentar la cédula original junto a una fotocopia del apoderado de la sociedad o del representante legal. En este caso necesita el poder otorgado por un representante legal apostillado o extendido ante un cónsul o un funcionario con credenciales para autorizarlo.
Registro virtual del formulario
En la plataforma digital de la Dian, puede diligenciar el formulario, tan solo ha de ingresar en la opción que dice ‘Otros servicios’ y allá dar clic en RUT, posteriormente seleccione si usted es persona física o jurídica.
- La inscripción para Persona Natural o Asimilada: para personas con actividades excluidas del IVA, con NIT antes de 2004, sin reinscribirse.
- Persona Jurídica o Asimilada: para persona jurídica nueva sin necesidad de Registro Mercantil, con NIT asignada antes de 2004 y sin reinscribirse. Así como clientes con necesidad de inscripción ante cámara de comercio, y personas naturales o jurídicas sin NIT, pero con registro mercantil o certificado de cámara de comercio.
¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO PARA EL RUT?
Como las personas naturales o jurídicas con obligaciones tributarias formales, están obligadas a inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT), deben consignar en las oficinas establecidas estos recaudos:
Para Menores de edad:
- Documento de identificación del menor.
- Documento de identidad de los padres o representante legal.
- En caso de que el representante legal no sea familiar directo, presenta documento que lo exprese, para poder firmar el formulario de inscripción.
Para Mayores de 18 años no comerciantes:
- Documento de identificación en caso de ser colombiano.
- Si eres extranjero, presentas pasaporte o certificado de extranjería.
Para Comerciantes:
- Documento de identificación o pasaporte.
- Certificado mercantil como persona natural.
- Certificado mercantil del establecimiento, si lo posee.
- Los nuevos integrantes del RUT hacen la inscripción en cualquier sede de la cámara de comercio.
- Si el comerciante ya está inscrito, entonces tramitará su actualización ante la DIAN en el lugar habilitado para tal fin.
Para Asalariados:
- Documento de Identificación
Para Exportadores:
- Documento de identificación.
- Certificado mercantil como persona natural.
- Certificado mercantil del establecimiento.
- Si eres nuevo integrante del RUT, la inscripción deberás realizarla en cualquier sede de la cámara de comercio del domicilio.
- Si se trata de un comerciante ya inscrito, debe tramitar su actualización ante la DIAN y sitio habilitado para tal fin.
Para Consorcios y uniones Temporales:
- Documento de identificación.
- Presentación del documento que conste la conformación de dicho consorcio.
- Inscripción temporal en el RUT.
- Registro mercantil por miembro, como persona natural o cada integrante del consorcio, si es jurídica.
- Vigencia del certificado de las sociedades, emitido por la cámara de comercio.
¿CUÁNTO TIEMPO DE VIGENCIA TIENE EL RUT?
Es importante que sepas que el RUT es un documento con vigencia indefinida en Colombia. Por esa razón, no se exige renovación de ese registro, según lo establecido en el Artículo 6, decreto 2788 de fecha 31 de agosto de 2004.
Para tu facilidad, tienes la ventaja de tener copias del portal con fecha actualizada; así que no necesitarás dirigirte a las oficinas de la DIAN.