Manizales

Movilidad los bajo de la moto: drástica restricción hasta el 3 de noviembre

La restricción de frente busca salvar vidas en la moto y evitar el desorden durante el puente festivo.
Se vienen días complicados para los motociclistas en Bogotá. La Secretaría Distrital de Movilidad anunció una restricción total de motos con acompañante durante el puente festivo de Halloween, entre el 30 de octubre y el 3 de noviembre de 2025. La medida busca reducir los siniestros viales y garantizar la seguridad en una de las fechas más críticas del año.
Según la entidad, el objetivo es proteger la vida y mantener el orden público, ya que durante los últimos tres años, en los fines de semana de Halloween, 16 personas han perdido la vida anualmente en incidentes de tránsito relacionados con motocicletas. Además, entre las 8:00 p.m. y las 5:00 a.m. habrá una restricción total para motos (con o sin parrillero) en los principales corredores viales de la ciudad.
Le puede interesar: Montaron tremenda vigilancia a motos: los pillan apenas se suben al andén
Restricciones por Halloween: lo que debes saber
Fechas: del 30 de octubre al 3 de noviembre de 2025.
Motos con acompañante: prohibición total en toda la ciudad las 24 horas.
Restricción nocturna total: aplica entre las 8:00 p.m. y las 5:00 a.m.
Multa por incumplir: $604.100 e inmovilización del vehículo.
Corredores con restricción nocturna
Las siguientes vías tendrán restricción de circulación de motos entre las 8:00 p.m. y las 5:00 a.m.. Según la Secretaría, en estos corredores se concentra el 73 % de las muertes nocturnas de motociclistas:
Autopista Norte
Autopista Sur
NQS
Avenida Boyacá
Avenida Ciudad de Cali
Avenida Primero de Mayo
Avenida de las Américas
Avenida Suba
Calle 26
Calle 80
Carrera Séptima
Carrera 68
Calle 13
Avenida Guayacanes
Avenida Esperanza
Avenida Villavicencio
Carrera Circunvalar
Calle 53
Calle 63
Carrera 60
¿Quiénes sí pueden circular?
Aunque la restricción será estricta, hay excepciones para ciertos servicios esenciales. Las motocicletas que cumplan con las siguientes condiciones podrán circular libremente, siempre que estén debidamente identificadas:
Transporte de personas con discapacidad.
Servicios de mensajería y domicilios identificados.
Empresas de servicios públicos domiciliarios.
Fuerza Pública y organismos de emergencia.
Seguridad privada acreditada.
Aseguradoras y asistencia técnica.
Motocicletas del SITP.
Servicio diplomático y caravana presidencial.
Le puede interesar: Nuevo reglamento para motos en Colombia: Gobierno anuncia cambios a última hora
La Secretaría de Movilidad reiteró que la medida tiene carácter preventivo y temporal, pero advirtió que será estricta en su aplicación. El llamado a los motociclistas es a planear sus desplazamientos, evitar sanciones y, sobre todo, conducir con responsabilidad.

Noticia Principal

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *