Los viajeros en Colombia cuando finalizan unas vacaciones o una salida de negocios, casi siempre, ingresan productos de uso personal, regalos o recuerdos de lo que fue su estadía en otra nación y que, en muchos casos, implica hacer pagos en las terminales aéreas para poder entrarlas en el territorio nacional.
La entidad que está a cargo de estos controles es el Departamento de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), y se vuelve muy importante para aquellos que pretenden viajar y traer artículos, ya que existe un límite por persona.
De acuerdo con información de la página web de ese organismo, todo viajero que ingrese a Colombia puede traer como equipaje, además de los de uso personal (artículos nuevos o usados que necesite para el transcurso del viaje), bienes de uso personal o familiar (artículos de uso doméstico, deportivo y/o propios de su arte, profesión u oficio, que no constituyan cantidades comerciales).
Además, aclara cuáles son los límites y regulaciones que tienen los turistas para trasladar productos al territorio colombiano y los impuestos aplicables:
Valor del cupo en dólares americanos: determina que, los viajeros que lleven entre 2.000 y 3.000 dólares (8’375.504 y 12’563.760 pesos), no pagan impuestos.
Tipo de bienes:
2.000 dólares: aquellos bienes que no constituyan cantidades comerciales, sin registro o licencia de importación.
3.000 dólares: se incluyen artículos de uso doméstico, deportivo o propios de su arte, profesión u oficio.
(Vea también: En las entrañas de la Dian: así funciona la entidad que cobra impuestos en Colombia)
Cantidad máxima: en el caso de 2.000 dólares, el límite es de 10 unidades de la misma clase. Por otra parte, cuando se trata de 3.000 dólares, se permiten 3 unidades de cada producto y 10 artículos de uso personal o familiar.
Impuesto a pagar: los bienes que no superen los 2.000 dólares, estarán libres de impuestos. Mientras que, los de 3.000 dólares, si se ingresan como equipaje acompañado, no hay que cancelar impuesto. No obstante, si se pasa como valija acompañada, hay que pagar 15 % de tributo único.
Tipo de equipaje: los artículos que son traídos como equipaje acompañado o no acompañado.
¿Cuánto cobra la Dian por importación?
Esa entidad aclara que los tributos aduaneros corresponden al gravamen arancelario del 10 % del valor ‘Free On Board’ – FOB, incluidos fletes y seguros, más el 19 % que corresponde al IVA. Cuando el valor FOB del envío sea igual o inferior a 200 dólares (837.545 pesos) no pagarán gravamen arancelario.
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¿Qué productos están prohibidos importar en Colombia?
Productos químicos líquidos o peligrosos como: materias explosivas o inflamables, residuos nucleares, desechos tóxicos y animales vivos. Igualmente, mercancías indebidas según convenios internacionales a los que se haya adherido o se adhiera Colombia.
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