Sobre las veces que los hijos de Uribe han demostrado su correcto proceder

Sobre las veces que los hijos de Uribe han demostrado su correcto proceder

En el Consejo de Estado aún se discute si los hijos del expresidente Uribe, Tomás y Jerónimo, han actuado de forma imprecedente en el establecimiento de zonas francas en Mosquera (Cundinamarca), quienes en 2019 pidieron ser terceros interesados en ese proceso.

Lo curioso es que sobre este caso, en el año 2011 ya un alto tribunal de Cundinamarca dijo que no encontró motivos para seguir adelantando el proceso y según la decisión judicial “no existieron faltas a la moralidad pública” en la adquisición de los predios San Laureano y El Paraíso a mediados de 2008, los cuales se convirtieron en diciembre de ese mismo año en parte de la Zona Franca, aumentando considerablemente su valor.

El fallo de 2011 indica que los hijos del expresidente Álvaro Uribe Vélez no violaron los derechos e intereses colectivos relacionados con la Moralidad Pública, pues no interfirieron ante el Gobierno para la creación de la Zona Franca de Occidente. Y que además, no se presentó ningún favorecimiento, ni intereses económicos, puesto que los lotes de terreno donde se construyó la Zona Franca de Occidente, están ubicados en el área urbana e industrial contemplada en el Plan Básico de Ordenamiento Territorial de Mosquera, el cual está debidamente conformado según la ley.

Los magistrados también consideraron que los hermanos Uribe Moreno, cumplieron con trámites como licencia ambiental y con otros requisitos que estuvieron ajustados a los términos de Ley.

Este fallo de hace ya 9 años fue el que dejó en firme la resolución 1825 de 18 diciembre de 2008 de la DIAN, “por medio de la cual se declara la existencia de un área geográfica como Zona Franca Permanente de Occidente y se autoriza como operador a la sociedad Zona Franca de Occidente”.

Tomás y Jerónimo Uribe en varias ocasiones, con motivo de las difamatorias columnas de Daniel Coronell aseguran que “por ser hijos de Álvaro Uribe Vélez, todos nuestros emprendimientos han sido investigados múltiples veces” y que “en todos los casos se ha demostrado nuestro correcto proceder”, y que el columnista (Coronell) publica falacias de un supuesto cruce de favores entre ellos y el exalcalde de Mosquera.

Así, los hijos del exmandatario en repetidas ocasiones han explicado taxativamente que:

  1. Los predios son de uso industrial desde el año 2000. El uso del suelo solo puede modificarse mediante un P.O.T aprobado por el Concejo. Un plan parcial NO modifica el uso del suelo, es un requisito para desarrollar el uso establecido. Por lo tanto no es un privilegio obtenerlo, sino un deber tramitarlo. Las providencias no encontraron ningún tipo de favorecimiento indebido en estos trámites.

  1. La liquidación de la plusvalía está plenamente soportada. La plusvalía de estos predios se genera por el cambio de uso de los suelos del año 2000. El avalúo que soporta la plusvalía es retroactivo al año 2000.

  1. Los precios de todas las operaciones comerciales están soportados. Las diferencias en los precios de venta por metro cuadrado de tierra bruta, se dan por diferencia en la forma y área útil de cada predio.

  1. La Zona Franca de Occidente es uno de los parques industriales con mejores especificaciones urbanísticas en Colombia, con un índice de ocupación efectivo inferior al 50%. Es un polo generador de empleo e inversión en el occidente de la Sabana. Es un hecho probado que ser Zona Franca no incrementa el valor presente de la tierra sobre la cual se desarrolla.

  1. El desarrollo normativo y técnico y a la defensa jurídica de este proyecto han contribuido personas de las más altas calidades profesionales y morales, que gozan de amplio reconocimiento en el gremio de la construcción”.

En síntesis, y tal como lo dice la sentencia Tribunal de Cundinamarca, tampoco se registró una modificación del uso del suelo para dicho propósito, precisando que la reglamentación para “los usos del suelo” en el municipio de Mosquera se presentó en el año 2000, fecha para la cual Álvaro Uribe Vélez, padre de los implicados, todavía no ostentaba el cargo de Presidente de la República.

“Lo cierto es que no se modificaron los usos del suelo de esa parte del territorio del municipio, que demuestre indubitablemente dicho favorecimiento que se predica en la demanda, porque el uso previsto desde el año 2000 no era otro que el industrial, fecha para el cual el doctor Álvaro Uribe Vélez no era presidente de la República de Colombia y ninguna injerencia pudo ejercerse a condición de una magistratura inexistente”, indicó el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.